Este martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta ordenó al fisco a pagar una indemnización total de $58.942.119 por concepto de daño moral y emergente, a víctima de apremios ilegítimos y a su madre, tras establecer la falta de servicio por el actuar negligente del carabinero que agredió a la víctima en un control de identidad. En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Virginia Soublette Miranda y Juan Opazo Lagos– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Antofagasta, que acogió la demanda y ordenó el pago de una indemnización por daño moral de $45.000.000 a la víctima directa de apremios y a su madre el pago por daño emergente de $5.942.119 y $8.000.000 por daño moral. Tal como se establece en la sentencia impugnada, a causa del mal funcionamiento del servicio público ha quedado establecida la falta de servicio, como circunstancia de imputación de responsabilidad civil, toda vez que se acreditó negligencia en el actuar de Carabineros de Chile, no solo por la agresión desproporcionada y sin razón efectuada por el funcionario que fue condenado penalmente, sino por la omisión de los demás carabineros que estaban en el lugar, quienes permitieron la agresión al no realizar nada para evitarlo, no obstante la obligación que tiene de tratar de impedir la comisión de ilícitos, expresó el dictamen. La resolución agrega que “a la luz de los parámetros que se tienen habitualmente en cuenta por la jurisprudencia, considerando el evidente sufrimiento que un hecho como el ocurrido afecta la situación emocional de la víctima de tan alevosa agresión y la carga emocional que conlleva su recuperación, como asimismo el sufrimiento de la madre al ver el dolor y limitaciones de su hija y la renuncia a actividades propias para dedicarse a su cuidado, debe valorarse aquello para determinar el monto que lo compense razonablemente y, sin dudas, siendo el sufrimiento proveniente del acto culposo, detalló el documento. Por último, el fallo profundiza en la gravedad de la acción policial que, al aplicarle de forma injustificada, desproporcionada y deliberada una llave en la pierna izquierda, provocó que cayera bruscamente al suelo, percatándose la víctima que se había lesionado, por el fuerte dolor que de inmediato empezó a sentir, solicitando ayuda al funcionario, el que lejos de asistirla, la privó de libertad y esposó, concluyó el texto.
Este martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta ordenó al fisco a pagar una indemnización total de $58.942.119 por concepto de daño moral y emergente, a víctima de apremios ilegítimos y a su madre, tras establecer la falta de servicio por el actuar negligente del carabinero que agredió a la víctima en un control de identidad. En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Virginia Soublette Miranda y Juan Opazo Lagos– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Antofagasta, que acogió la demanda y ordenó el pago de una indemnización por daño moral de $45.000.000 a la víctima directa de apremios y a su madre el pago por daño emergente de $5.942.119 y $8.000.000 por daño moral. Tal como se establece en la sentencia impugnada, a causa del mal funcionamiento del servicio público ha quedado establecida la falta de servicio, como circunstancia de imputación de responsabilidad civil, toda vez que se acreditó negligencia en el actuar de Carabineros de Chile, no solo por la agresión desproporcionada y sin razón efectuada por el funcionario que fue condenado penalmente, sino por la omisión de los demás carabineros que estaban en el lugar, quienes permitieron la agresión al no realizar nada para evitarlo, no obstante la obligación que tiene de tratar de impedir la comisión de ilícitos, expresó el dictamen. La resolución agrega que “a la luz de los parámetros que se tienen habitualmente en cuenta por la jurisprudencia, considerando el evidente sufrimiento que un hecho como el ocurrido afecta la situación emocional de la víctima de tan alevosa agresión y la carga emocional que conlleva su recuperación, como asimismo el sufrimiento de la madre al ver el dolor y limitaciones de su hija y la renuncia a actividades propias para dedicarse a su cuidado, debe valorarse aquello para determinar el monto que lo compense razonablemente y, sin dudas, siendo el sufrimiento proveniente del acto culposo, detalló el documento. Por último, el fallo profundiza en la gravedad de la acción policial que, al aplicarle de forma injustificada, desproporcionada y deliberada una llave en la pierna izquierda, provocó que cayera bruscamente al suelo, percatándose la víctima que se había lesionado, por el fuerte dolor que de inmediato empezó a sentir, solicitando ayuda al funcionario, el que lejos de asistirla, la privó de libertad y esposó, concluyó el texto.