Fue en abril de este año que una madre Antofagasta fue condenada a 61 días de presidio en su grado mínimo, junto con la prohibición de acercarse a su hijo en términos violentos por seis meses, debido a un hecho ocurrido en octubre del 2023. De acuerdo a la sentencia del Juzgado de Garantía, la progenitora habría amenazado al menor de edad con la frasete voy a sacar la chucha o me dan ganas de sacarte la chucha, configurándose el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. Sin embargo, este hecho fue desestimado por la Corte de Apelaciones, en cuyo fallo indican que de acuerdo al testimonio del niño, este señaló sensaciones frente a palabras distintas como retos o castigos. Y que luego el comportamiento de su madre habría sido normal, salvo hasta que llegaron Carabineros. Asimismo, el documento sostiene que las amenazas proferidas en contexto de exaltación no serían amenazas serias y verosímiles, de acuerdo a lo exigido en el artículo 296 N°3 del Código Penal. De esta manera, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad interpuesto por la abogada defensora de la madre, en contra de la sentencia impuesta por el Juzgado de Garantía. Por lo tanto, se anula el juicio y la sentencia, debiendo proceder a la realización de un nuevo juicio oral por el Tribunal que corresponda.
Fue en abril de este año que una madre Antofagasta fue condenada a 61 días de presidio en su grado mínimo, junto con la prohibición de acercarse a su hijo en términos violentos por seis meses, debido a un hecho ocurrido en octubre del 2023. De acuerdo a la sentencia del Juzgado de Garantía, la progenitora habría amenazado al menor de edad con la frasete voy a sacar la chucha o me dan ganas de sacarte la chucha, configurándose el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. Sin embargo, este hecho fue desestimado por la Corte de Apelaciones, en cuyo fallo indican que de acuerdo al testimonio del niño, este señaló sensaciones frente a palabras distintas como retos o castigos. Y que luego el comportamiento de su madre habría sido normal, salvo hasta que llegaron Carabineros. Asimismo, el documento sostiene que las amenazas proferidas en contexto de exaltación no serían amenazas serias y verosímiles, de acuerdo a lo exigido en el artículo 296 N°3 del Código Penal. De esta manera, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad interpuesto por la abogada defensora de la madre, en contra de la sentencia impuesta por el Juzgado de Garantía. Por lo tanto, se anula el juicio y la sentencia, debiendo proceder a la realización de un nuevo juicio oral por el Tribunal que corresponda.